<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
		>
<channel>
	<title>Comments for Derechos del Docente en la Republica Argentina</title>
	<atom:link href="http://www.derechosdeldocente.com.ar/comments/feed" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>http://www.derechosdeldocente.com.ar</link>
	<description>Pagina web de contenido jurídico</description>
	<lastBuildDate>Tue, 24 Jan 2012 15:21:18 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency>
	<generator>http://wordpress.org/?v=3.2</generator>
	<item>
		<title>Comment on ¿Es inconstitucional el tope de 50 horas para los docentes universitarios? by Dr. Anibal Paz</title>
		<link>http://www.derechosdeldocente.com.ar/2011/12/%c2%bfes-inconstitucional-el-tope-de-50-horas-para-los-docentes-universitarios.html/comment-page-1#comment-60</link>
		<dc:creator>Dr. Anibal Paz</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Jan 2012 15:21:18 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.derechosdeldocente.com.ar/?p=251#comment-60</guid>
		<description>Estimado DIEGO: 
El tope de 50hs solo se aplica a las horas catedras desempeñadas en universidades nacionales, quedando por fuera del sistema las horas de universidades privadas. 
saludos cordiales</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado DIEGO:<br />
El tope de 50hs solo se aplica a las horas catedras desempeñadas en universidades nacionales, quedando por fuera del sistema las horas de universidades privadas.<br />
saludos cordiales</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comment on ¿Es inconstitucional el tope de 50 horas para los docentes universitarios? by Diego</title>
		<link>http://www.derechosdeldocente.com.ar/2011/12/%c2%bfes-inconstitucional-el-tope-de-50-horas-para-los-docentes-universitarios.html/comment-page-1#comment-59</link>
		<dc:creator>Diego</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Jan 2012 23:18:57 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.derechosdeldocente.com.ar/?p=251#comment-59</guid>
		<description>Estimado,

Tengo la duda si el tope de las 50 horas por semana es solo para la actividad docente en universidades nacionales, o si también incluye a las universidades privadas.

Mi caso particular es que cumplo una dedicación semiexlusiva un una universidad nacional (20 horas), 8 horas en una universidad privada y 4 horas en otra privada.

Saludos cordiales,</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado,</p>
<p>Tengo la duda si el tope de las 50 horas por semana es solo para la actividad docente en universidades nacionales, o si también incluye a las universidades privadas.</p>
<p>Mi caso particular es que cumplo una dedicación semiexlusiva un una universidad nacional (20 horas), 8 horas en una universidad privada y 4 horas en otra privada.</p>
<p>Saludos cordiales,</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comment on ¿Es inconstitucional el tope de 50 horas para los docentes universitarios? by Dr. Anibal Paz</title>
		<link>http://www.derechosdeldocente.com.ar/2011/12/%c2%bfes-inconstitucional-el-tope-de-50-horas-para-los-docentes-universitarios.html/comment-page-1#comment-57</link>
		<dc:creator>Dr. Anibal Paz</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 19 Dec 2011 12:41:29 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.derechosdeldocente.com.ar/?p=251#comment-57</guid>
		<description>Estimado:

habria que ver el motivo del incumplimiento:
si el jiuez dicto la medida cautelar, y luego admitio apelacion de la utn con efecto suspensivo, o bien&quot; en ambos efectos&quot; no tiene por que cumplir la medida, aunque uds debieron haber repuesto y en su caso haber apelado el decreto, en cuanto al efecto de la concesion del recurso a la contraria.

Toda apelacion sobre una medida cautelar debe concederse al solo efecto devolutivo, pero muchas veces se concede mal, quedando en manos del interesado reponer y apelar como dije.

por el contrario si la apelacion fue correctamente concedida con efecto devolutivo, uds debieran denunciar el incumplimiento, pedir astreintes diarios, y en ultima instancia denunciar penalmente el incumplimiento, previo emplazamiento  de cumplimiento personal a la autoridad interviniente - decano, rector, etc-

para un mayor analisis ud deberia hacernos llegar copia de lo resuelto

saludo atte</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado:</p>
<p>habria que ver el motivo del incumplimiento:<br />
si el jiuez dicto la medida cautelar, y luego admitio apelacion de la utn con efecto suspensivo, o bien&#8221; en ambos efectos&#8221; no tiene por que cumplir la medida, aunque uds debieron haber repuesto y en su caso haber apelado el decreto, en cuanto al efecto de la concesion del recurso a la contraria.</p>
<p>Toda apelacion sobre una medida cautelar debe concederse al solo efecto devolutivo, pero muchas veces se concede mal, quedando en manos del interesado reponer y apelar como dije.</p>
<p>por el contrario si la apelacion fue correctamente concedida con efecto devolutivo, uds debieran denunciar el incumplimiento, pedir astreintes diarios, y en ultima instancia denunciar penalmente el incumplimiento, previo emplazamiento  de cumplimiento personal a la autoridad interviniente &#8211; decano, rector, etc-</p>
<p>para un mayor analisis ud deberia hacernos llegar copia de lo resuelto</p>
<p>saludo atte</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comment on ¿Es inconstitucional el tope de 50 horas para los docentes universitarios? by Dr. Anibal Paz</title>
		<link>http://www.derechosdeldocente.com.ar/2011/12/%c2%bfes-inconstitucional-el-tope-de-50-horas-para-los-docentes-universitarios.html/comment-page-1#comment-56</link>
		<dc:creator>Dr. Anibal Paz</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 19 Dec 2011 12:38:51 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.derechosdeldocente.com.ar/?p=251#comment-56</guid>
		<description>Estimado Ernesto:

efectivamente, asi debe ser. Ud deberá solicitar el alta nuevamente en su cargo licenciado, mediante nota fundada. sugiero enfaticamente que ud cuente con asesoramiento previo, so pena de perdida de derechos

saludo atte</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado Ernesto:</p>
<p>efectivamente, asi debe ser. Ud deberá solicitar el alta nuevamente en su cargo licenciado, mediante nota fundada. sugiero enfaticamente que ud cuente con asesoramiento previo, so pena de perdida de derechos</p>
<p>saludo atte</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comment on ¿Es inconstitucional el tope de 50 horas para los docentes universitarios? by Ernesto</title>
		<link>http://www.derechosdeldocente.com.ar/2011/12/%c2%bfes-inconstitucional-el-tope-de-50-horas-para-los-docentes-universitarios.html/comment-page-1#comment-55</link>
		<dc:creator>Ernesto</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 08 Dec 2011 11:53:43 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.derechosdeldocente.com.ar/?p=251#comment-55</guid>
		<description>Hola. ¿Esto quiere decir que uno puede volver a tomar el cargo que licenció cuando lo intimaron desde la UTN a mediados del año 2010? Muchas gracias. Saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola. ¿Esto quiere decir que uno puede volver a tomar el cargo que licenció cuando lo intimaron desde la UTN a mediados del año 2010? Muchas gracias. Saludos</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comment on ¿Es inconstitucional el tope de 50 horas para los docentes universitarios? by Rogelio</title>
		<link>http://www.derechosdeldocente.com.ar/2011/12/%c2%bfes-inconstitucional-el-tope-de-50-horas-para-los-docentes-universitarios.html/comment-page-1#comment-54</link>
		<dc:creator>Rogelio</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 03 Dec 2011 23:35:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.derechosdeldocente.com.ar/?p=251#comment-54</guid>
		<description>Una medida cautelar en el mismo sentido me fue otorgada el día 16 de setiembre de 2011 en la causa: 17662/2011.  El tema de la causa es el mismo (incompatibilidades docentes).
UTN, hasta la fecha, desconoció la medida cautelar y la apeló.   Está en infracción pues a pesar de la apelación tenía que cumplir el mandato judicial.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Una medida cautelar en el mismo sentido me fue otorgada el día 16 de setiembre de 2011 en la causa: 17662/2011.  El tema de la causa es el mismo (incompatibilidades docentes).<br />
UTN, hasta la fecha, desconoció la medida cautelar y la apeló.   Está en infracción pues a pesar de la apelación tenía que cumplir el mandato judicial.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comment on sistema jubilatorio especial para investigadores, cientificos y docentes universitarios. by Dr. Anibal Paz</title>
		<link>http://www.derechosdeldocente.com.ar/2010/01/77.html/comment-page-1#comment-53</link>
		<dc:creator>Dr. Anibal Paz</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 21 Nov 2011 20:08:31 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.derechosdeldocente.com.ar/?p=77#comment-53</guid>
		<description>Estimado colega: 
sirvase consultar por via privada, ya sea telefonicamente o bien al email de contacto. 
saludo atentamente</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado colega:<br />
sirvase consultar por via privada, ya sea telefonicamente o bien al email de contacto.<br />
saludo atentamente</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comment on PROYECTO DE LEY DE JUBILACION ESPECIAL PARA DOCENTES UNIVERSITARIOS by Dr. Anibal Paz</title>
		<link>http://www.derechosdeldocente.com.ar/2010/01/40.html/comment-page-1#comment-52</link>
		<dc:creator>Dr. Anibal Paz</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 21 Nov 2011 20:06:53 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.derechosdeldocente.com.ar/?p=40#comment-52</guid>
		<description>Estimada Marina: 
la informacion que ud brinda es muy escueta como para hacer cualquier análisis. Si ud pretende una consulta en profundidad, solo deberá solicitar turno para un aentrevista con los profesionales, y deberá acompañar las certificaciones de servicios y la solicitud que ud presento a la hora de iniciar tramite jubilatorio. 
saludos cordialess</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada Marina:<br />
la informacion que ud brinda es muy escueta como para hacer cualquier análisis. Si ud pretende una consulta en profundidad, solo deberá solicitar turno para un aentrevista con los profesionales, y deberá acompañar las certificaciones de servicios y la solicitud que ud presento a la hora de iniciar tramite jubilatorio.<br />
saludos cordialess</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comment on LOS DOCENTES UNIVERSITARIOS INTERINOS SI TIENEN DERECHOS by Dr. Anibal Paz</title>
		<link>http://www.derechosdeldocente.com.ar/2010/01/los-docentes-universitarios-interinos-si-tienen-derechos.html/comment-page-1#comment-51</link>
		<dc:creator>Dr. Anibal Paz</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 21 Nov 2011 20:04:42 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.derechosdeldocente.com.ar/?p=58#comment-51</guid>
		<description>Estimada Gabriela: 
Los docentes se encuentran amparados, como se lee en la nota que ud comenta. Pero para hacer valer determinados derechos es necesario recurrir a la justicia. Previamente los profesionales del Estudio deberán analizar su caso en profundidad, ya que no puede generalizarse, siendo cada caso un mundo en si mismo. Saludo Atte.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada Gabriela:<br />
Los docentes se encuentran amparados, como se lee en la nota que ud comenta. Pero para hacer valer determinados derechos es necesario recurrir a la justicia. Previamente los profesionales del Estudio deberán analizar su caso en profundidad, ya que no puede generalizarse, siendo cada caso un mundo en si mismo. Saludo Atte.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comment on LOS DOCENTES UNIVERSITARIOS INTERINOS SI TIENEN DERECHOS by gabriela</title>
		<link>http://www.derechosdeldocente.com.ar/2010/01/los-docentes-universitarios-interinos-si-tienen-derechos.html/comment-page-1#comment-50</link>
		<dc:creator>gabriela</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 20 Nov 2011 03:44:54 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.derechosdeldocente.com.ar/?p=58#comment-50</guid>
		<description>Estimado Dr.
Usted dice que los docentes interinos del nivel secundario estamos amparados por leyes nacionales, sin embargo luego de dos años y medio en un cargo estoy a punto de ser desplazada por un traslado o bien por el concurso, soy de la Provincia de Santa Fe y realmente es lamentable que estemos tan desprotegidos y de un dia para otro quedemos sin trabajo.
Atte
Gabriela</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado Dr.<br />
Usted dice que los docentes interinos del nivel secundario estamos amparados por leyes nacionales, sin embargo luego de dos años y medio en un cargo estoy a punto de ser desplazada por un traslado o bien por el concurso, soy de la Provincia de Santa Fe y realmente es lamentable que estemos tan desprotegidos y de un dia para otro quedemos sin trabajo.<br />
Atte<br />
Gabriela</p>
]]></content:encoded>
	</item>
</channel>
</rss>

